Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
martes, junio 01, 2004
Un Marley ni ahí
Los colectiveros, los policías, los porteros, los patovas, los guardas (de trenes, subtes, bondis, etc), los que piden la entrada en el cine, recitales, teatros, etc. y los taxistas son gente que no saben qué quiere decir "de onda".