Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
jueves, noviembre 25, 2004
De prontó dejó de andar la conexión a Internet.
-Che, ¿Qué onda? ¿Se cayó la conexión? ¿Qué es lo que ocurre?
Y mi hermana me hizo notar que estaba empezando el MP3 de What's going on.