Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
miércoles, marzo 30, 2005
Ayer quise arreglar una luz que no andaba, y entre meter mano en cable de acá y de allá, me comí una patada de la hostia.
¿Cuándo fue la última vez que ligaste una patada de electricidad?