Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
sábado, junio 25, 2005
Por el bien de una nación, a las mujeres que pretenden tener el registro, habria que inyectarles hormonas masculinas.