Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
miércoles, junio 29, 2005
Los que comparten uno o mas discos en MP3 codificados a 128Kbps son unos hijos de mil puta.
El piso es 192, muchachos. A no andar tacañeando el espacio en disco, ¿eh?