Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
viernes, enero 09, 2004
Lo peor está por venir
Una vez dije "te amo" sin haberlo sentido. Pero hay algo peor. Mas de una vez amé y no lo dije.