Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
viernes, mayo 12, 2006
Que poco que me cabe cuando las bandas en vivo presentan el tema, y uno antes de que empiece ya sabe qué es lo que va a escuchar. Prefiero escucharlo y sorprenderme. Además, sea cual fuere el tema que vayan a tocar, la gente tira el "eeehhh" igual.