Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
lunes, julio 23, 2012
Very international Sos grosso, sabelo!
Esta foto fue tomada en la marcha del 22 de Junio de 2012 en Montréal, justamente en este lugar: