Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
viernes, enero 30, 2009
Primer video embebido de mio.tv
Helo aquí con ustedes el primer player embebido de Mio.tv de la nueva era -es decir a partir de que GotVertigo junto a Wixi se hizo cargo del proyecto.
Más que orgulloso del resultado, no me queda más que agradecer a todo el equipo de desarrollo. Mis saludos a ellos.
Lo que sí falta es que el video no arranque hasta que le ponga play.