Artículo 19 Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
sábado, julio 16, 2005
Hoy, debido a que hacia mucho no usaba SuSE (porque se habia roto), no se que garchosta hice que de pedo anduvo, y bueno... la cuestion es que entré al amsn y vi que una persona me eliminó.